
El tratamiento bruto de un asistente de educación en un colegio se basa en un índice aumentado alineado con el suelo del SMIC. En 2024, el índice aumentado 366 fija este tratamiento en 1 766,92 euros brutos mensuales para un tiempo completo. Pero esta base de la tabla solo refleja una parte de la realidad salarial: algunos establecimientos muestran montos superiores, y la distinción entre CDD y CDI cambia la trayectoria de remuneración.
Diferencia entre la tabla indicativa y la remuneración real en el colegio
La tabla indicativa de los AED establece un suelo, no un techo. Observamos en las plataformas de reclutamiento ofertas en colegios que superan el monto teórico de entrada de la tabla.
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Anuncios recientes mencionan un salario a partir de 1 802 euros brutos mensuales para un tiempo completo en el colegio, especialmente en educación prioritaria. Otros establecimientos, como un colegio de Grigny en Île-de-France, publican una base horaria de 12,02 euros brutos durante 12 meses, indexada directamente sobre el SMIC horario en lugar de sobre el índice mínimo.
Esta variación se explica por varios mecanismos. El establecimiento empleador tiene un margen en la redacción de la oferta. La indexación sobre el SMIC horario, cuando se aplica, puede producir un monto mensual ligeramente superior al calculado por el índice aumentado, según las revalorizaciones sucesivas del SMIC. Para profundizar en el salario de un asistente de educación en el colegio, la ficha de trabajo detalla los montos por porcentaje de trabajo.
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En la práctica, un AED a tiempo parcial en el colegio percibe aproximadamente la mitad del tratamiento bruto a tiempo completo, es decir, un neto mensual que se sitúa claramente por debajo del umbral de pobreza. Este punto condiciona la mayoría de las elecciones de porcentaje.

Primas e indemnizaciones de los AED: lo que figura realmente en la nómina
El recibo de salario de un AED contiene pocas líneas de indemnizaciones en comparación con el de un docente titular. Los AED no perciben ni el ISOE ni el ISAE, reservados para el personal docente.
Las indemnizaciones accesibles dependen del lugar de asignación y del tipo de misiones:
- La prima REP o REP+ se aplica a los AED que ejercen en red de educación prioritaria. Su pago ha sufrido retrasos y retroactividades señaladas por varios sindicatos, lo que impone verificar cada recibo.
- La indemnización de residencia, calculada según la zona geográfica del establecimiento (zona 1, 2 o 3), se suma al tratamiento indicativo. En la zona 1, representa un porcentaje del tratamiento bruto.
- El suplemento familiar de tratamiento (SFT) se refiere a los AED que tienen al menos un hijo a cargo, como para cualquier agente público.
Fuera de estas líneas, el neto a pagar se deduce del tratamiento bruto después de las cotizaciones sociales (CSG, CRDS, jubilación IRCANTEC para los contratados). Los errores de nómina son frecuentes en los contratos precarios, y recomendamos comparar cada mes el monto neto pagado con el monto teórico calculado desde el índice.
Remuneración de los AED en CDI: la tabla en construcción
La conversión a CDI de los AED, posible desde la ley de 2022 después de seis años de antigüedad, aún no ha producido una tabla de remuneración estabilizada. Durante un grupo de trabajo ministerial celebrado el 2 de abril de 2025, la administración propuso calcar la remuneración de los AED en CDI sobre la tabla de los AESH en CDI.
Este calco implicaría un sistema de escalones con progresión automática según la antigüedad. Para los AED afectados, la perspectiva es doble: una visibilidad de carrera que no existía bajo el régimen de CDD sucesivos, pero también un techo de remuneración que sigue siendo modesto.
Lo que cambia el paso a CDI en el recibo de salario
Un AED en CDI conserva las mismas cotizaciones que en CDD (IRCANTEC, sin RAFP). La diferencia radica en la estabilidad: el contrato ya no se renueva cada año, lo que elimina los períodos sin tratamiento entre dos CDD (julio-agosto para los contratos de 10 meses).
Si la tabla calcada sobre los AESH se confirma, el avance de escalón produciría ganancias de unos pocos decenas de euros brutos al año. La progresión sigue siendo lenta y limitada, lejos de las tablas de categoría B de la función pública.

Porcentaje de trabajo e impacto en el salario neto en el colegio
La mayoría de los AED en el colegio son contratados a tiempo incompleto. Los porcentajes más comunes son 50 %, 75 % y 100 %. La elección del porcentaje determina no solo el salario, sino también los derechos sociales.
- Al 50 %, el tratamiento neto mensual se sitúa alrededor de la mitad del SMIC neto, lo que hace que la combinación con estudios sea casi obligatoria.
- Al 75 %, el ingreso apenas permite cubrir un alquiler en una zona urbana densa sin complemento (APL, actividad complementaria).
- Al 100 %, el neto sigue siendo cercano al SMIC, sin perspectiva de superación significativa fuera de las primas de red prioritaria.
Los establecimientos escolares empleadores tienen cierta libertad en la distribución de horas a lo largo de la semana. Un contrato al 75 % puede traducirse en días completos concentrados en cuatro días, o en medias jornadas distribuidas, lo que afecta la posibilidad de combinar con otro empleo o de continuar una formación.
El tratamiento de los AED sigue indexado al SMIC, sin un mecanismo propio de revalorización. Cada aumento del SMIC conlleva un reajuste del índice mínimo, pero la brecha con otras categorías de agentes no se reduce. La construcción de una tabla específica para los CDI representa el único palanca estructural en discusión, y su resultado determinará si la profesión de AED en el colegio sale del estatus de variable de ajuste presupuestario.